El Ayuntamiento adjudica el servicio de Teleasistencia Domiciliaria

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El Ayuntamiento adjudica el servicio de Teleasistencia Domiciliaria

El Ayuntamiento de Santa Brígida ha adjudicado el servicio de Teleasistencia Domiciliaria en el municipio a la empresa Asispa, una prestación valorada en 16.825,48 euros (sin impuestos) y con una validez de doce meses con posibilidad de prórroga para otra anualidad.

La propuesta de Asispa obtuvo la misma puntuación que la otra empresa licitadora, Cruz Roja, por lo que se tuvieron que aplicar criterios de desempate previstos en el Artículo 147.2 de la Ley de Contratos del Sector Público.

La Teleasistencia, que se presta a través de la Concejalía de Acción Social y está dirigida a personas empadronadas y residentes en Santa Brígida, permite a las personas que se hallen en situación de riesgo por razones de edad (mayores de 65 años), discapacidad o con enfermedad crónica, seguir viviendo en su hogar y mantener su independencia. Este servicio consta de un terminal y un pulsador incorporado a un collar, que conecta a los mayores con los profesionales que atienden el programa las 24 horas del día los 365 días del año y facilitan una respuesta a las necesidades de la persona o la intervención inmediata ante cualquier problema. También reciben llamadas de seguimiento.

En la actualidad, son un total de 27 beneficiarios los que cuentan con este servicio de compañía permanente, pero a día de hoy se pueden incorporar nuevos usuarios. El servicio es gratuito, siempre y cuando se cumplan determinados requisitos sociales y económicos de acceso. Esto es posible gracias al programa de colaboración suscrito con el Cabildo de Gran Canaria para la gestión del servicio insular de Teleasistencia Domiciliaria.

Las personas usuarias del Servicio de Teleasistencia deberán cumplir los siguientes requisitos:

-No tener reconocida su situación de dependencia o, aun habiendo sido reconocida, no ser beneficiarias del servicio de teleasistencia como prestación dentro del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

-Tener autonomía para las actividades básicas de la vida diaria o con necesidad reducida de apoyo a las mismas.

-Vivir solo o pasar gran parte del día sin compañía o bien que, aunque convivan con otras personas, éstas presenten idénticas características de edad y discapacidad.

-Carecer de suficientes redes sociales y/o familiares.

-Padecer dificultades de movilidad y/o caídas frecuentes.

-Tener insuficiencia de recursos económicos, valorados según los criterios orientativos establecidos por el Cabildo de Gran Canaria.

-Tener cubiertas las necesidades básicas de vivienda, alimentación e higiene personal y del domicilio.

-Disponer de línea telefónica o sistema de comunicación compatible y suministro eléctrico.

-Aceptar la prestación del servicio y expresamente el tratamiento de sus datos personales.

-No padecer enfermedad mental grave, incluidas las demencias, que impiden tener el grado de comprensión y discernimiento necesario para la utilización del sistema.

-No sufrir discapacidades notorias de audición y/o expresión oral que impidan o afecten gravemente a la comunicación verbal usuario-centro de atención.

Para más información sobre trámites a cumplimentar deberán dirigirse al área de Servicios Sociales.

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