El Ayuntamiento convoca nueve plazas de un Plan de Empleo para Unidades Familiares sin Recursos

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El Ayuntamiento convoca nueve plazas de un Plan de Empleo para Unidades Familiares sin Recursos

Imagen de trabajadores de un plan de emplejo del municipio
Estado en el que quedó una zona intervenida por un Plan de Empleo
Estado en el que quedó una zona intervenida por un Plan de Empleo

Durante los próximos meses, y hasta un total de seis, el municipio contará con nueve personas que realizarán diferentes labores en el municipio gracias al Plan de Empleo para unidades familiares sin recursos del ejercicio 2019, financiado con cargo al Fondo de Desarrollo de Canarias (FDCAN. Línea Estratégica 3-Apoyo a la Empleabilidad), por acuerdo de Consejo de Gobierno de Canarias y convenio entre la Comunidad Autonómica de Canarias y el Cabildo Insular de Gran Canaria, mediante concesión al Ayuntamiento de Santa Brígida.

El procedimiento para que las personas interesadas presenten sus solicitudes se abre desde el día 15 de abril al 30 del mismo mes. Las instancias han de presentarse en el Registro General de Entrada de documentos del Ayuntamiento de la Villa de Santa Brígida, situado en la Calle Nueva nº 13 de este término municipal en horario de lunes 15 a miércoles 17, de 8:30 a 13:45 horas y a partir del jueves 18, de 8:30 a 14:00 horas.

El objeto de este Plan de Empleo es dar respuesta a las dificultades económicas y sociales por las que están atravesando determinados colectivos de canarios/as que se ven privados/as de los medios imprescindibles para cubrir sus necesidades básicas, derivadas de la dificultad de acceso al mercado laboral por encontrarse en situación de exclusión social o riesgo de estarlo, al mismo tiempo que se les permita su reactivación laboral y mejora de la empleabilidad, realizando obras o servicios de interés general y social.

Las personas contratadas se dedicarán a la realización de servicios en mejoras del paisaje municipal, mediante labores de ajardinamiento. Se prevé la contratación de 9 personas, 8 en la categoría de peón de jardines, 1 en la categoría de oficial de jardinería, ambas categorías al 75% de la jornada, por seis meses.

Asimismo, este plan favorecerá a personas desempleadas que cumplan con los siguientes requisitos obligatorios: Edad comprendida entre 18 y 65 años; Las personas participantes serán, como mínimo, un 40% de cada sexo; Se priorizará aquellas personas mayores de 45 años y personas desempleadas de larga duración; Estar desempleado/a e inscrito/a como demandante de empleo al inicio de la acción, en el Servicio Canario de Empleo, durante un periodo mínimo de seis meses en los últimos 24 (pueden ser periodos interrumpidos); No haber sido contratadas por el ayuntamiento beneficiario, en los 12 meses anteriores, en cualquier programa de fomento de empleo. A estos efectos, se entenderá que el plazo de 12 meses será anterior a la fecha de contratación; Estar empadronadas en el municipio; Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes, así como estar inscrito/a el/la candidato/a en la ocupación propuesta en la oferta de empleo; Pertenecer a un hogar en el que ninguno de sus miembros perciba rentas por actividad laboral ni prestaciones de cualquier naturaleza.

A efectos de este programa se establecen una serie de criterios para la elección de los/as posibles candidatos a las plazas ofertadas.

Se entenderá que el hogar está constituido por la unidad familiar integrada por la persona beneficiaria, su cónyuge, pareja de hecho, sus hijos e hijas, por naturaleza o adopción, menores de 26 años o personas mayores discapacitadas igual o superior al 33%, así como menores en acogimiento familiar. Se entiende igualmente que forma parte de la unidad familiar los/as ascendentes de las personas beneficiarias, su cónyuge o pareja de hecho, que, estando empadronados y viviendo en la misma casa tengan reconocida la consideración de persona dependiente.

No se computará la percepción por un solo miembro de la unidad familiar de una prestación, contributiva o no, igual o inferior al 80% del valor mensual del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) en vigor.

Si alguno de los puestos no pudieran ser cubiertos por las personas candidatas que cumplan los criterios recogidos anteriormente, se permitirá a los ayuntamientos contratar a personas en situación de riesgo de exclusión social, respecto de las cuales se haya emitido informe social por parte de los Servicios Sociales Municipales, en el que quede acreditado que sus circunstancias personales y/o familiares justifican la incorporación a este Plan de Empleo, por carecer de recursos para su subsistencia básica.

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