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El Pleno Municipal, en sesión celebrada el día 28 de julio de 2022, acordó aprobar inicialmente el Reglamento Regulador sobre la modalidad de prestación de servicios en régimen de teletrabajo del personal del Ayuntamiento de la Villa de Santa Brígida.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, dicho Reglamento se somete a información pública por plazo de TREINTA DÍAS, contados a partir del siguiente a la publicación de este Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, para la presentación de reclamaciones y sugerencias, estando a disposición de los interesados el expediente en el departamento de Personal de este Ayuntamiento, en horario de 09:00 a 13:00 horas.

Si durante el período de información pública no se presentara reclamación o sugerencia alguna en relación con la aprobación inicial del Reglamento, se entenderá definitivamente adoptado dicho acuerdo plenario.

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